Dejan fuera a PES

IEQROO deja Fuera a PES de coalición con PAN y PRD

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IEQROO deja Fuera a PES de coalición con PAN y PRD,

Chetumal.- Por no tener la calidad de partido político, aún cuando haya un litigio electoral sobre este asunto en tribunales, el Partido Encuentro Social (PES) quedó fuera de la coalición Orden y Desarrollo, que se inscribió junto con el Partido Acción y Partido de la Revolución Democrática.
En los argumentos vertidos en la sesión del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, se indica que no se puede registrar en coalición a un partido que legalmente no tiene esa calidad, ya que perdió su registro como tal en las pasadas elecciones federales y además la obliga a la autoridad electoral a salvaguardar los derechos electorales de los partidos políticos con los que se coaliga a fin de que no queden sin posibilidad de competir.

Según el acuerdo que finalmente aprobó el Consejo General del IEQROO, el PAN y PRD deberán modificar el convenio de coalición donde solamente la integren estos dos institutos políticos y podrán registrar en el plazo establecido por la ley., Independiente si el máximo tribunal electoral del país otorga o no el registro al PES.
Por su parte, el Consejo General estimó conducente declarar procedente el registro del convenio de coalición por cuanto a los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática para que participen en el Proceso electoral como coalición parcial para la elección de Diputados por el principio de Mayoría Relativa, denominada “Orden y Desarrollo por Quintana Roo”, requiriendo que modifiquen su convenio de coalición, y lo presenten ante esta autoridad, a más tardar un día antes del periodo de registro de candidatos, acompañado de la documentación precisada en los numerales 1 y 2 del artículo 276 del Reglamento. Aunado a lo anterior es importante referir que la modificación solicitada, en ningún caso podrá implicar el cambio de la modalidad de la coalición, lo anterior observancia a lo establecido en el numeral 4 del artículo 279 del Reglamento.

En cuanto a la coalición parcial «Juntos Haremos Historia por Quintana Roo» integrada por el PVEM,PT y Morena de manera parcial fue validada por el Consejo General del Ieqroo.
En su comujicado oficial el IEQROO informa que los partidos políticos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México para su coalición parcial, en el caso del primero presentaron original y copia del convenio de coalición, que contiene la firma autógrafa de la ciudadana Yeidckol Polevnsky Gurwitz, Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA; y de los ciudadanos Hernán Villatoro Barrios y Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, ambos comisionados Políticos Nacionales de Asuntos Electorales del Partido del Trabajo en el Estado y del ciudadano Misael Sánchez Sánchez, Secretario de Organización del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Verde Ecologista de México.

El Partido Encuentro Social (PES) quedó fuera de la alianza con el PAN y PRD por lo que éstos dos últimos deberán modificar el acuerdo de la coalición “Orden y Desarrollo por Quintana ROo”, según el dictamen aprobado en la sesión del Consejo del IEQROo celebrado anoche.
Ahora todo depende de la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) si el PES logra conservar su registro como partido político local y en esas condiciones y logra que el IEQROo le permita reintegrarse a dicha coalición en esas condiciones.
Además el órgano electoral local aprobó la Coalición representada por los partidos políticos nacionales MORENA, PT y PVEM para contender por la elección de diputaciones por el principio de Mayoría Relativa en el Proceso Electoral Local 2018-2019.‬

Votación
Chetumal.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) en su Sesión Extraordinaria aprobó el registro del convenio de coalición parcial, presentado por los partidos políticos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México denominada: “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, así como la coalición parcial presentada por los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática denominada: “Orden y Desarrollo por Quintana Roo” para contender en la elección de Diputados por el principio de Mayoría Relativa en el proceso electoral local ordinario 2018-2019.
Se dio a conocer que en la postulación de candidatos a Diputados, se deberá respetar el principio de paridad de género tanto en su dimensión vertical como en su dimensión horizontal en términos de la normatividad aplicable; lo anterior, para evitar la sub-representación o sobre-representación de cualquiera de los géneros conforme a la legislación aplicable.

En este sentido, se dio a conocer que la distribución de los Distrito para la coalición parcial “Orden y Desarrollo por Quintana Roo” quedo de la siguiente manera: los Distritos 2, 13 y 15 serán para el Partido del Trabajo; los Distritos 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12 y 14 para el partido MORENA y los Distritos 4 y 8 para el Partido Verde Ecologista de México.
Cabe señalar que los partidos políticos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México para su coalición parcial, en el caso del primero presentaron original y copia del convenio de coalición, que contiene la firma autógrafa de la ciudadana Yeidckol Polevnsky Gurwitz, Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA; y de los ciudadanos Hernán Villatoro Barrios y Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, ambos comisionados Políticos Nacionales de Asuntos Electorales del Partido del Trabajo en el Estado y del ciudadano Misael Sánchez Sánchez, Secretario de Organización del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Verde Ecologista de México.
Por su parte, el Consejo General estimó conducente declarar procedente el registro del convenio de coalición por cuanto a los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática para que participen en el Proceso electoral como coalición parcial para la elección de Diputados por el principio de Mayoría Relativa, denominada “Orden y Desarrollo por Quintana Roo”, requiriendo que modifiquen su convenio de coalición, y lo presenten ante esta autoridad, a más tardar un día antes del periodo de registro de candidatos, acompañado de la documentación precisada en los numerales 1 y 2 del artículo 276 del Reglamento. Aunado a lo anterior es importante referir que la modificación solicitada, en ningún caso podrá implicar el cambio de la modalidad de la coalición, lo anterior observancia a lo establecido en el numeral 4 del artículo 279 del Reglamento.
De lo anterior, se concluye que esta autoridad no cuenta con los elementos jurídicos y legales suficientes para la determinación de la procedencia del registro de la coalición del otrora partido político Encuentro Social, dado que en este momento no tiene la calidad de partido político y por ende carece de la personalidad jurídica, en término de lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 96 de la Ley de partidos, pues carece de la última para suscribir el convenio de coalición.
En ese sentido, toda vez que es un hecho público y notorio que la instancia jurisdiccional electoral federal aún no resuelve sobre la firmeza o no de la pérdida de registro de este como partido político nacional; eventualmente, este órgano comicial local estará a lo que en su momento determine la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Sin embargo, resulta conducente que esta autoridad electoral maximice los derechos de los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, toda vez que, la intención primigenia de los referidos institutos políticos guarda estricta relación con su libre derecho de asociación en materia político-electoral y con el derecho a ser votado, derechos fundamentales que como tales no pueden ser suprimidos por la simple ausencia de algún elemento formal, sino que debe atenderse al caso concreto, de lo contrario el actuar de esta autoridad administrativa electoral se apartaría de los principios de proporcionalidad y razonabilidad, al establecer una restricción excesiva en cuanto a los invocados derechos fundamentales, tal y como lo robustece la Jurisprudencia 29/2002 emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobada el 20 de mayo de 2002.
Para finalizar dicha Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, determinó la ubicación e instalación de los Centros de Acopio y Transmisión de Datos (CATD); así como por el que se instruye a los Consejos Distritales, para que supervisen en los CATD, las actividades relacionadas con la implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), que operará en el proceso electoral local ordinario 2018-2019.