Ciudad de México.- Ni tu pareja sentimental ni familiares pueden revisar tu correo electrónico o comunicación privada de cualquier tipo sin tu plena autorización, así lo determinó Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La SCJN emitió este fallo tras analizar un caso en que un hombre imprimió 343 correos electrónicos de su esposa, mismos que presentó ante un juez para demostrar el adulterio de su pareja y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.
A través de la cuenta oficial de Twuitter de la SCJN se emitió el siguiente comunicado: «Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010».
El máximo órgano judicial determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena, pues existe el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
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