Cancún.- Por medio de dos juicios de amparo, ambos resueltos por la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cerca de 60 hectáreas de frente de playa en la Isla Grande de Holbox, que la Federación había entregado a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) para su tutela, fueron desincorporadas y entregadas a seis particulares: la empresa Península Maya Developments, de Fernando Ponce García, y cinco personas físicas, propietarios o consejeros de Famsa y Axtel.
El litigio dio inicio en 2016, cuando la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) emitió un acuerdo en el que se le otorgaba la zona federal marítimo terrestre de la Isla Grande de Holbox a la Conanp. En total, son 538 mil 762 metros cuadrados, los que se determinaron con base en un levantamiento topográfico, y cuya delimitación es presentada mediante coordenadas y ocho planos.
En contra de esto, y por separado, se inconformaron cinco personas: Bernardo Guerra Treviño (consejero de Famsa y director de Axtel), Mauricio Morales Sada (consejero de Axtel), Humberto Garza Valdez (fundador de Famsa), Gilberto Pérez García, y María Magdalena Meyer Guzmán; al igual que la empresa Península Maya Developments, de Fernando Ponce García (propietario de Bepensa, la distribuidora de Coca-Cola, entre otras empresas).
Todos ellos argumentaron lo mismo, que esta medición de la Zofemat invadía sus propiedades, pues el mar había erosionado la costa original. En este sentido, argumentan que la medición por parte del Gobierno Federal se efectuó después de que ellos habían adquirido sus parcelas, por lo que interpusieron sendos recursos de amparo, ante el juzgado séptimo de distrito de Cancún.
Ambos recursos recorrieron caminos similares, pues ambos obtuvieron la protección del Gobierno Federal, por lo que sus predios no podían incorporarse a la Zofemat, aunque estén dentro de la franja de 20 metros desde el mar.
Acto seguido, la Federación, e incluso el Poder Legislativo, como tercero interesado, interpusieron recursos de revisión. El Tercer Tribunal Colegiado, que recibió ambos casos, determinó (por separado en cada instancia) que tocaba aspectos constitucionales (sobre la Zofemat), por lo que se declaró incompetente.
Fue así que tocó a la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolver. El de los cinco particulares, con expediente 855/2018, fue con el magistrado José Fernando Franco González Salas; mientras que el de Península Maya Developments, con expediente 226/2019, quedó con Javier Laynez Potisek.
Cada ponente, en su propia redacción, llegó a las mismas conclusiones: que la Zofemat no existe hasta que no es delimitada, por lo que fue hasta que se midió, que los agraviados perdieron parte de su propiedad; esta pérdida de propiedad, aunque está contemplada en la ley, se efectuó sin derecho audiencia, por lo que se ampara a los propietarios.
Tanto el propietario de Bepemsa, como los empresarios regiomontanos mostraron sus documentos de compraventa, de 2007, por parte del “Fideicomiso para la Promoción y Desarrollo Sustentable de la Isla de Holbox”, creado por el propio Fernando Ponce García para adquirir estos terrenos ejidales, luego de un trabajo de convencimiento a los 65 comuneros propietarios, quienes después de vender fueron expulsados del ejido, entrando en su lugar diversos empresarios yucatecos.
La Semarnat, al acatar los fallos, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el 8 de agosto del año pasado y el 2 de enero del actual, los acuerdos por el que se deja insubsistente su acuerdo original, el de 2016, por el que se entregaba estos terrenos a la Conanp, aunque únicamente en las parcelas bajo amparo.
En el caso de Bernardo Guerra Treviño, Mauricio Morales Sada, Humberto Garza Valdez , Gilberto Pérez García, y María Magdalena Meyer Guzmán, se trataba de los predios 1 y 2, por 5 hectáreas; en el caso de la empresa de Fernando Ponce García, son las “parcelas 68, 69, 71, 72, 73, 74, parte de la 75, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, parte de la 93, 94, 95, 97, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, parte de la 111, 113, 117, 118, 119, 120, 121, 124, 125, 127, 128, 129, parte de la 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 141, 142, 143, 144, parte de la 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151 y 152”, por 53.8 hectáreas.
En total, son cerca de 60 hectáreas que, aunque la ley señala que debieran ser patrimonio de la nación, continuarán en manos particulares.