REDES SOCIALES

Nuera del ‘Peje’ presume sus lujosa vida

CDMX, CDMX.- Fue durante el primer informe de Gobierno del Presidente Manuel López Obrador, que se notó la presencia en primera fila de Carolyn Adams.

Quien es la esposa del hijo mayor del Presidente de la República, la cual, no pasó desapercibida y causó revuelo ante los medios de comunicación ahí presentes, dado que Obrador sea caracterizado por rechazar todo tipo de privilegio que gozaran los anteriores gobiernos.

Algunos medios han dado a conocer que el hijo y nuera dem mandatario, e incluso su nieto gozan de los lujos que la posición de su padre, y que tienen su residencia en Houston, Texas, donde presumen en sus redes sociales su nivel económico.

(TOMADO DE NOTICARIBE)

Ni las figuras y objetos santos se salvan de los ladrones.

Las imágenes del “niño dios” y “Melchor” fueron robadas del Nacimiento de la Iglesia la Divina Providencia de Chetumal, durante el inicio de la Celebración de la Pascua.

Los seguidores de la Iglesia condenan este acto sacrílego pero suplican la devolución de las imágenes.

En redes sociales vierten lo siguiente: “Se les suplica de la manera más atenta que si alguien le va a vender un “niño dios” y un rey Mago, son de la Iglesia de la Divina Providencia… Favor de devolverlos”.

Asimismo, de saber quién les robó o les posee, hacerle saber a la Parroquia de la Divina Providencia o a las autoridades.

Durante el año pasado se reportaron robos en siete iglesias diferentes.

*Ataque visceral sin pruebas y retomadas de una versión que se originó en Brasil para afectar al Magistrado Presidente del Poder Judicial de Quintana Roo.

Es preocupante que las redes sociales se conviertan en un arma de ataque en la que ninguna persona está exenta de ser víctima, y la mejor muestra son las supuestas declaraciones que, desde hace unos días, se le atribuyen al presidente del Poder Judicial de Quintana Roo, José Antonio León Ruiz, difundidas en páginas de Facebook y Twiter, que a simple vista resultan falsas dada la investidura que representa.
Es a todas luces de risa, llegar a pensar que la máxima figura del Poder Judicial de Quintana Roo, llegase a realizar este tipo de declaraciones. Resulta inaudito creerlo, sobre todo, cuando las versiones atribuidas al Magistrado no aportan ningún solo dado de prueba, audio o video y, en cambio, fueron tergiversadas de la versión original ya que se trata de palabras realizadas en el país de Brasil, (https://www.facebook.com/ImagenTVNoticia/videos/439988379923270/) y difundidas por medios internacionales como el País.
No obstante, aprovechándose de la libertad con que se manejan las redes sociales, se abrieron algunas páginas recientemente en donde se difundieron esas versiones, aunque ahora, se las atribuyeron al magistrado León Ruiz, en una plataforma en la que ninguna persona se salva de ser víctima con este tipo de noticias falsas, como sucede con las supuestas declaraciones dolosamente atribuidas al representante del Poder Judicial de Quintana Roo.

Celos de doña Beatriz: Geraldine Ponce provoca «tormenta en el paraíso» de AMLO

Vídeo que circula en redes sociales deja ver el momento en la que diputada de Morena, Geraldine Ponce, provocó los celos de Beatriz Gutiérrez Müller.

Durante una plática que sostenía la legisladora por Nayarit con Andrés Manuel López Obrador, se ve a Beatriz llega a sentarse entremedio de los dos y así logra separarlos.

La legisladora María Geraldine Ponce Méndez estudió ingeniería en Gestión Empresarial en el Instituto Tecnológico de Seguridad y cumplió 29 años el 4 de abril pasado.

Hoy ostenta el cargo de diputada federal por Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión y en San Lázaro ocupa el cargo de secretaria de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y es integrante de las Comisiones de Deporte y Relaciones Exteriores.

También fue «Reina de la Feria del Elote Xalisco» en el 2012, y en 2015 ganó el certamen de Nuestra Belleza Nayarit y Segundo lugar de Nuestra Belleza México, en 2016.

Cuenta con experiencia profesional como «asesora de mercadotecnia en Piplosa» y «auxiliar en el área de calidad de Capitalica».

Ya se le han levantado falsos, como la supuesta iniciativa de que quería «impulsar una ley» donde se prohíbe a los hombres masturbarse a pensar en alguna amiga, vecina o mujer.

Fue el «Periódico Realidades Digitales de Nayarit» quien subió una foto de la diputada con la frase: «Si te masturbas pensando en mí, me estás violando».

(Tomado de nacion321)

Roberto Erales Jiménez exhibido por pederastia

Chetumal, Q. Roo.- Son exhibidos en las redes sociales un grupo de presuntos pederastas, debido a los comentarios sexuales que hacen en el perfil de una menor identificada como E.C.M

Se les pide a los padres supervisen los perfiles de sus hijos, ya que las redes están siendo utilizadas por violadores, feminicidas y pederastas para conocer a sus posibles víctimas.

Las autoridades ya han tomado cartas en el asunto, y han reportado los perfiles de los posibles pederastas.

Entre los perfiles que se detectaron, se encuentra el actual candidato a la Diputación por el distrito XV Roberto Erales Jiménez, quien ha sido vinculado con el narcotráfico, y que en sus diversas cuentas de Facebook hace comentarios de contexto sexual en perfiles de menores de edad. El historial de dicho servidor es una verdadera vergüenza, debido a que no es la primera vez que se ve inmiscuido en escándalos sexuales.

Por lo pronto se le pide a la población reporten las cuentas que hagan comentarios sexuales en perfiles de cualquier menor.

Suprema Corte dice que funcionarios no deben bloquear a nadie en redes sociales

 

Ciudad de México, 20 de marzo de 2019.- El día de hoy, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el Amparo en Revisión 1005/2018, por unanimidad de 4 votos de los Ministros Eduardo Medina Mora, Javier Laynez Potisek, Fernando Franco González y Alberto Pérez Dayán, relativo al bloqueo que realizó el Fiscal General de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, en la red social Twitter, contra el periodista Miguel Ángel León Carmona, quien colabora en algunos medios de comunicación y realiza cobertura sobre temas relacionados con derechos humanos, violencia, desapariciones, entre otros, en el estado de Veracruz.

Este caso se originó en octubre de 2017, cuando el periodista se percató de que había sido bloqueado por dicho servidor público cuando intentó acceder a la cuenta en Twitter de este último y ya no pudo ver sus publicaciones, las cuales realiza en su carácter de Fiscal General y donde comparte diversa información relacionada con su función pública, tales como eventos de la institución, reuniones, fotos, y en general, información de interés para la sociedad. Previo al bloqueo, el periodista había etiquetado o compartido directamente con el Fiscal notas relacionadas con inseguridad y fosas clandestinas en Veracruz.

Ante este hecho, se promovió e inició el juicio de amparo 1249/2017 por parte de León Carmona, acompañado y representado por ARTICLE 19 en conjunto con la abogada Adriana Fuentes, por violaciones a la libertad de expresión y acceso a la información del periodista, al tratarse de un funcionario que difunde información de naturaleza pública en su carácter de Fiscal e impedirle dicho acceso a partir del bloqueo que realizó, lo cual además impacta en su labor periodística, coartando con ello la posibilidad de buscar, recibir y difundir información de interés público, y constituye un acto discriminatorio al excluirlo para conocer dicha información.

El 28 de mayo de 2018, el Juez Decimoctavo de Distrito en el Estado de Veracruz otorgó el amparo al periodista, al considerar que el bloqueo por parte del servidor público constituye un acto de autoridad que atenta contra los derechos a la libertad de expresión y acceso a la información de León Carmona y, por tanto, le ordenó al Fiscal de Veracruz desbloquearlo.

Posteriormente, el Fiscal de Veracruz impugnó dicha sentencia, la cual a través de una solicitud ante la Suprema Corte para que ejerciera su facultad de atracción respecto a este asunto, finalmente determinó atraerlo, estudiarlo y resolverlo. El proyecto de sentencia fue elaborado por el Ministro Eduardo Medina Mora, en el cual se recogen cuestiones de especial relevancia:

Por primera vez en México, en el ámbito jurisdiccional, se reconoce que el ejercicio y la protección de derechos humanos en el mundo real, también debe aplicarse en el ámbito digital, de internet y redes sociales, lo cual ya se había establecido por organismos internacionales.

– Refiere que los niveles de interconexión que generan las redes sociales en la actualidad han representado una vía de expansión del derecho a la libertad de expresión. Además, menciona que también debe reconocerse a Twitter como una plataforma a través de la cual “se fomenta los valores democráticos, por ejemplo, en la difusión de contenidos de interés para la sociedad –entre los que se encuentra la información gubernamental–, al igual que el debate de los asuntos de interés público.”

– Reconoce que el Estado debe intervenir en las interacciones en internet y las redes sociales cuando existan abusos que deriven en la violación a derechos de los usuarios en la red.

– Puede haber restricciones justificables ante comportamientos abusivos en internet, como amenazas o incitaciones a la violencia que no tendrían protección constitucional. Dejando claro que “los comentarios o expresiones, críticas severas, provocativas o chocantes que puedan llegar a ser indecentes, escandalosas, perturbadores, inquietantes o causar algún tipo de molestia, disgusto u ofensa, de ninguna manera deben ser considerados comportamientos abusivos por parte de los usuarios de la red.

La Segunda Sala de la SCJN realizó una ponderación entre el derecho de acceso a la información de los usuarios de la red social, en particular del periodista León Carmona, y el derecho a la privacidad del servidor público. Refirió que si bien el señor Jorge Winckler creo su cuenta en Twitter años atrás, resaltó que una vez que fue nombrado Fiscal General de Veracruz, en dicha cuenta ha venido publicando información relacionada con sus actividades como servidor público, abriendo ese canal de comunicación con la sociedad y decidiendo voluntariamente colocarse en un nivel de publicidad y escrutinio distintos al de una persona privada.

En este sentido, su derecho a la intimidad o privacidad se coloca en un umbral menor de protección frente a las libertades de expresión e información, las cuales deben gozar de una protección mayor, ya que los servidores públicos están sometidos a un fuerte nivel de escrutinio por parte de los medios de comunicación y la sociedad. Por tanto, la Suprema Corte afirmó que “bloquear el acceso a un ciudadano a los contenidos ahí publicados representa una restricción indebida a su derecho al acceso a la información”.

Sumado a lo anterior, también manifestó sobre el presente asunto, que León Carmona, al ser periodista, “se le otorgan garantías reforzadas en la indagación, búsqueda y obtención de todo tipo de información que pueda reportar por ser de interés para la sociedad”.

Derivado de lo anterior, la Segunda Sala de la Suprema Corte concluyó:

  1. La información contenida en la cuenta en Twitter del Fiscal General de Veracruz es de interés general para la sociedad, tiene relevancia pública “en cuanto puede contribuir al debate en una sociedad democrática al proyectar las actividades y expresiones que realiza este personaje público”.
  2. El derecho a la información debe prevalecer sobre el derecho a la intimidad. En este sentido, el bloqueo del Fiscal General de Veracruz implicó una restricción indebida al derecho de acceso a la información del periodista. “Fue él mismo quien voluntariamente se colocó en esa posición de mayor escrutinio público y decidió utilizar ese medio digital como canal de comunicación con la ciudadanía”.
  3. La publicidad de la cuenta de Twitter del Fiscal de Veracruz está justificada. Su cuenta es visible no sólo para los usuarios de la red social, sino para cualquier persona con acceso a internet.

En este sentido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó el amparo y protección al periodista Miguel León Carmona, confirmando la sentencia del Juzgado Decimoctavo de Distrito en Veracruz, y ordena al Fiscal General Jorge Winckler Ortíz, restituir al periodista en el goce de su derecho de acceso a la información, debiendo desbloquear al periodista para permitirle el acceso permanente a su cuenta en Twitter. De lo contrario, su incumplimiento derivará en responsabilidades que podría culminar hasta en la separación de su puesto como Fiscal General.

ARTICLE 19 se congratula con la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual abona de manera trascendente al ejercicio de las libertades de expresión e información en internet y redes sociales, así como el escrutinio social al que están sujetos todos los servidores públicos en estas plataformas, donde la interacción y flujo de información se robustece mayormente.

ARTICLE 19 exhorta al Fiscal General de Veracruz, Jorge Winckler, a cumplir con la sentencia de amparo en el presente asunto y que garantice la libertad de expresión y acceso a la información de todas las personas, por encontrarse sujeto al completo escrutinio de la sociedad en su carácter de servidor público.

Finalmente, ARTICLE 19 hace un llamado puntual a todas y todos los servidores públicos a atender los criterios que el día de hoy determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y cumplan con sus obligaciones de respetar, proteger y garantizar las libertades de expresión e información de todas las personas, tanto en el ámbito físico como en el digital.

Nota para prensa

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