El pasado 7 de abril, el gobernador Carlos Joaquín González presentó al Congreso del estado una iniciativa para reformar el Código Penal, a objeto de cumplir con las recomendaciones de instituciones nacionales para erradicar la violencia de género, incluida la despenalización del aborto en la entidad.
El mandatario solicita derogar los artículos 93 y 96, los cuales actualmente sancionan a la mujer que aborte por voluntad propia, y se modifica el artículo 94 y 97 para despenalizar el aborto.
Con ello, deja supuestos jurídicos en que será sancionado el delito, para limitar este derecho a la interrupción del embarazo a no más de 90 días de gestación del producto, o bien cuando sea en contra de la voluntad de la mujer, por coacción o amenazas y, en su caso, por negligencia o culpa de las y los profesionales de la salud.
“Esta reforma es trascendental en el avance de los derechos de las mujeres quintanarroenses atendiendo a las recomendaciones del Comité de la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer) en su 52 periodo de sesiones (…) En el punto 33 recomienda puntualmente al estado que armonice las leyes federales y estatales relativas al aborto a fin de eliminar los obstáculos que enfrentan las mujeres que deseen interrumpir un embarazo de forma legal y amplíe el acceso al aborto legal”, cita el documento.
También añade que diversos estudios ponen en evidencia las elevadas tasas de mortalidad y morbilidad en todo el mundo derivadas de la maternidad y el gran número de parejas que desean limitar el número de hijos pero que no tienen acceso a ningún tipo de anticonceptivos o no los utilizan.
El documento, al cual no se le ha dado entrada en el pleno, cita que despenalizar el consentimiento de la madre para abortar tiene una relación directa con los derechos a decidir sobre su cuerpo y el tiempo y espaciamiento de sus hijos.
Atención a violencia de género
En Quintana Roo se han adoptado todos los ordenamientos tendientes a la protección y garantía de los derechos de todas las personas estableciendo la igualdad entre hombres y mujeres y el respeto a la dignidad, precisa el mandatario Carlos Joaquín en la exposición de motivos de la iniciativa.
Joaquín González señala que tanto la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) y el Instituto Mexicano de las Mujeres (Inmujer) han recomendado al gobierno de Quintana Roo analizar la viabilidad de algunas modificaciones legislativas en materia penal, entre las que se incorporan temas como violación, feminicidio, estupro, acoso sexual, delitos contra la libertad y seguridad sexual, violencia obstétrica, homologar la pena del homicidio doloso contra pareja o concubina con el de feminicidio, entre otros asuntos relativos a la violencia intrafamiliar y de género.
La propuesta integral del Ejecutivo establece adicionar al artículo 5 del Código Penal la especificación de prisión preventiva o cualquier orden de protección para los delitos de violencia familiar; asimismo, plantea adicionar al artículo 9 el principio de igualdad jurídica y no discriminación entre mujeres y hombres como elementos rectores del Código.
Propone también adicionar al artículo 18 la violencia institucional, en caso de que las instituciones públicas del estado cometan una acción u omisión en términos de la CEDAW.
Como cuarto punto, pide adicionar al artículo 20, sobre legítima defensa, que cuando una mujer solicite auxilio en caso de violencia familiar con antecedentes, no se requerirá de la ausencia de la provocación dolosa, suficiente e inmediata por parte de la víctima.
Se adiciona también a las causas de inculpabilidad que el sujeto activo, en ningún caso, invocará el trastorno mental aduciendo que encontró a su pareja sosteniendo relaciones sexuales con otra persona, eliminando todo antecedente de la emoción violenta y homicidio por infidelidad conyugal.
Amplía además como medidas de seguridad órdenes de protección a las mujeres víctimas y que las autoridades adopten las medidas necesarias para mantener la duración de las órdenes de protección hasta que la víctima deje de estar expuesta al riesgo.
La propuesta también plantea modificar la pena del delito de feminicidio elevando la pena hasta 60 años, homologando la legislación local a la nacional.
En el séptimo punto, el Ejecutivo advierte adicionar al artículo 23 que cuando un sujeto haya sido sentenciado por violencia familiar, acoso u hostigamiento, se le aplique un tratamiento psicológico especializado que incluya medidas de reeducación y rehabilitación.
En otro tema, plantea que las mujeres embarazadas que son sentenciadas a prisión puedan tener derecho a confinamiento domiciliario.
Además propone homologar el delito de homicidio calificado al de feminicidio cuando se trate de cónyuge o concubina. Tipifica también en el artículo 88 bis, como delito a quien cause muerte a otra persona por tener alguna preferencia sexual diferente a la heterosexualidad o identidad de género distinta al que pertenece la víctima, equiparando la pena al de homicidio calificado.
El Ejecutivo pide que se suprima el artículo 89 bis el término “dolosamente”, ya que el feminicidio no se puede cometer con culpa, y modifica el sujeto activo de forma que puede ser hombre o mujer quien lo cometa este delito.
(La Jornada Maya)