Chetumal.- Con el resolutivo del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), que revocó las previsiones impuestas a partidos políticos en cuanto a las acciones afirmativas, se protegió a los grupos minoritarios, indicó Benjamín Vaca González, representante del Partido Verde ante el Ieqroo.
El pasado lunes, el Ieqroo objetó varias candidaturas de acción afirmativa indígena y por discapacidad, de la coalición “Juntos Seguimos Haciendo Historia”, al señalar que la documentación que acreditaba su pertenencia a estos grupos no era la correcta, por lo que le pidió subsanar con constancias de autoridades competentes. Morena interpuso un recurso de apelación y el Teqroo le dio la razón, al considerar que esta exigencia era desproporcionada.
En entrevista, Vaca González señaló que no se pueden seguir vulnerando los derechos de estos grupos pidiéndoles situaciones adicionales o no concretas que no fueron establecidas.
“Son absurdos. No puedes poner lineamientos identificados para todos los contendientes en el proceso electoral y luego querer establecer otros mecanismos”, expresó.
Indicó que el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) no puede argumentar que dichas instituciones pudieran ser falaces en la expedición de su documentación, siendo que son instituciones públicas.
Expresó que la impugnación presentada por Morena y los partidos que integran la coalición, está basada en el argumento que los lineamientos establecidos no pueden ser modificados en cualquier momento.
“Los partidos políticos necesitan tener la certeza, así como los ciudadanos y militantes, sobre los mecanismos exactos para participar”, señaló.
En este sentido, comentó que, si en un primer momento, el Ieqroo no hizo observaciones al respecto o al particular, no puede modificar estos lineamientos posteriormente.
Recordó que en un primer momento se estableció que las instituciones de salud estatal federal, e incluso, las pertenecientes al DIF podían extender los certificados médicos para las acciones afirmativa por discapacidad, sin embargo, en otra sesión, se argumentó que ahora tenían que hacerlo únicamente los CRIM o CRIT.
En este sentido, calificó como inadmisible que una persona que tiene un padecimiento crónico, degenerativo y permanente nos sea considerado como tal, “porque alguna persona cree o piensa que no es así. Para eso los médicos expiden las constancias”, indicó.
Cabe señalar que el Teqroo revocó este acuerdo por considerar que hubo una sobrerregulación en los requisitos exigidos a los para el cumplimiento de las acciones afirmativas de discapacidad e indígena.
Según los magistrados, el Consejo general del Ieqroo efectuó una errónea y mala interpretación delas leyes para el cumplimiento de las acciones afirmativas de discapacidad e indígena “por lo que se considera suficiente con la entrega del certificado médico para comprobar la discapacidad”.
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