Chetumal.- Este día, el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) confirmó que Luis Gamero es inelegible para contender por algún cargo de elección popular, pues recalcó que continúa vigente la sanción por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género que se le impuso en 2021 por un lapso de cinco años.
Esta resolución fue emitida por este órgano electoral, luego que el actual subsecretario de Gobierno le enviara le Ieqroo, el pasado 15 de mayo, un cuestionario con tres preguntas para conocer si su castigo le impedía postularse a un cargo.
Sin embargo, este día el Consejo General del Ieqroo le confirmó al hoy funcionario que no cumplía los requisitos de elegibilidad, a consecuencia de la sanción recibida.
De igual forma, recalcó que la sanción vence el 20 de septiembre del 2026.
“Tal y como puede constatarse en el Registro Estatal, en consecuencia, el periodo de inscripción del citado ciudadano en el registro de mérito, sí es un parámetro a considerar al momento de analizar los requisitos de elegibilidad del consultante, de conformidad a lo establecido en la fracción V del Artículo 17 de la Ley Local”, añade el Ieqroo.
Luis Gamero era el candidato a presidente municipal de Othón P. Blanco de Morena en 2021, pero fue denunciado por la aspirante a síndico, Yensunni Martínez, por presionarla para que renuncie. Él quedó inhabilitado y ella ocupó su lugar en la planilla.
NIEGAN SANCIÓN POR MURAL CON IMAGEN DE GOBERNADORA
Por otra parte, los integrantes del Consejo General del Ieqroo declararon improcedentes las sanciones solicitadas por el PRD contra la gobernadora Mara Lezama Espinosa, por el supuesto uso indebido de los recursos públicos por el mural “Óoxtun”, el cual se encuentra en el salón del Pleno del Poder Legislativo.
De acuerdo con el Ieqroo, la creación de dicho mural, pese a contar con la imagen de la gobernadora, no puede atribuírsele a la denunciada.
«No se actualiza la promoción personalizada de su imagen, toda vez que si bien se tiene por colmado el elemento personal de la referida promoción, no se tiene por actualizados los elementos objetivo y temporal, así como también, ha quedado establecido que no es posible atribuir la creación de dicho mural a la denunciada, toda vez que su realización correspondió a una colaboración entre el artista que lo realizó y el Poder Legislativo», argumenta dicho organismo.
Por ese motivo, subraya el Ieqroo ‘no es posible acreditar, ni siquiera de forma indiciaria, que para su realización se haya hecho un uso indebido de recursos públicos, toda vez que el artista donó a título gratuito la elaboración del mismo y las pinturas utilizadas son de las que se encuentran almacenadas cotidianamente para restauración y resguardo del área correspondiente de dicho Poder Legislativo».